Declaración Institucional contra la explotación sexual.

La Comisión de Empleo y Mujer de la Federación de Municipios de Madrid, ha aprobado por unanimidad la siguiente DECLARACIÓN INSTITUCIONAL, a fin de que se someta a consideración y aprobación por los plenos municipales de los municipios de la Comunidad de Madrid.Para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente la de mujeres y niños, El Protocolo de Palermo (2002), complementado lo concluido en la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, de diciembre de 2000, define el trafico o trata como:

“…la captación, transporte, traslado, recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, rapto, fraude, engaño , abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.”

Considerando que la trata es una violación de los derechos humanos que incluye abuso y explotación, y que la trata con fines de explotación sexual afecta al derecho a la vida, a la integración física y psíquica, a la seguridad y a la libertad y dignidad de persona.

Considerando que la trata vulnera también otros derechos humanos como el derecho a no ser vendida en matrimonio, ni sometida a esclavitud o tortura, tratos inhumanos, crueles o degradantes; el derecho a una vida familiar y a la intimidad, el derecho a la salud, a una vivienda en condiciones de seguridad y a no se discriminada por el hecho de ser mujer.

Los poderes públicos en general, y particularmente las entidades locales de la Comunidad de Madrid, no podemos quedarnos al margen de esta violación de los derechos humanos y tenemos la obligación de actuar, cada uno dentro de nuestras respectivas competencias.

• Hasta 4 millones de mujeres y menores son víctimas del tráfico cada año, la mayoría explotadas con fines sexuales, según estimaciones de La Organización de Naciones Unidas.

• La Organización Internacional de Migración estima que al menos 500.000 mujeres son vendidas anualmente a los mercados de prostitución europeos.

• El Tratado de la Unión Europea hace referencia explícita a la trata de seres humanos y a los delitos cometidos contra los niños:
o La Comisión de la UE, desde 1996, ha realizado varios comunicados al respecto y existe legislación comunitaria cuyo desarrollo tiene como objetivo la mejora de la persecución criminal de los traficantes y el facilitar la protección de las víctimas.

o En octubre de 1999, el Consejo Europeo de Tampere instó a la toma de acciones contra la trata de seres humanos y la explotación sexual de los niños.

 

o La Carta de Derechos Fundamentales de la UE establece además, y de manera explícita, la prohibición de traficar con seres humanos.
Por todo lo anteriormente expuesto, Área de la Mujer del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, presenta para su aprobación al Pleno la siguiente propuesta:

Ratificar la necesidad de situar los derechos humanos de las víctimas de explotación sexual en el centro de las iniciativas municipales de lucha contra esta forma de esclavitud, especialmente la de mujeres y niños/as.

Sumarnos a cuantas iniciativas surjan relacionadas con la declaración del día 23 de septiembre como Día Internacional contra la explotación sexual.

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